La G de Guinea
El COGE ha publicado la lista definitiva de candidatos admitidos para su próximo gobierno, dejando fuera a varios aspirantes por no cumplir algunos estatutos.

Para la presidencia, han sido aceptados Alejandro Martín Evuna, Zibhino Rodríguez y María Obono. En la Vicepresidencia Primera competirá Ruslán Obiang, mientras que Paulina Oliveira y Lino Ela han sido admitidos para la Vicepresidencia Segunda. María Dolores Andeme optará a la Vicepresidencia Tercera, Jorge Manuel a la Secretaría General y Rafael Eneme a la Tesorería. Los candidatos excluidos podrán presentar sus recursos en un plazo de 72 horas.
Leovigildo
El Comité Olímpico de Guinea Ecuatorial (COGE) dicta una resolución que deja fuera a algunos candidatos, aspirantes al futuro gobierno de esta institución. Según el dictamen, Gabriel Mbaga Nchama ya no se postulará a la presidencia del COGE por cumplir el requisito del artículo 3, inciso “a” de la Resolución n° 2/2025, el cuál exige que el candidato debe ser “miembro del Comité Ejecutivo del COGE o miembro de la Junta Ejecutiva de una federación reconocida por el COGE durante al menos 2 cuatrienios”.
Este edicto, por su parte, deja fuera también a los que soñaba con ocupar la Vicepresidencia Primera. Se trata de David Monsuy y Andrés Edú Mba. Para éstos, la razón de su exclusión es la misma que la del anterior. Mientras que en la Vicepresidencia Segunda y Tercera, Basilio Ava Ava se queda sin posibilidades por la misma causa que los ya antes citados.
En la Secretaría General, Alfonso Pablo Ondo va en bloque que los de la presidencia y las vicepresidencias, mas la razón de incumplir el inciso b del artículo 3 al no reunir la condición de “presentar diplomas que le avalen ser hábil en al menos dos idiomas del COGE”.
Patricio Osa Mañana y Jerónimo Ngoke Chele se quedan sin la Tesorería. El primero por no cumplir con el requisito del “artículo 3, a); por incumplimiento del artículo 3°, inciso b) de la repetida Resolución N° 2/2025 que exige que para los candidatos de Tesorero se deberá tener una formación en contabilidad o finanzas con una experiencia mínima de 8 años; y 3) por no cumplir con el requisito del artículo 4°. 6 de la Resolución N°2/2025. por la que se establece las Condiciones de la elegibilidad para los miembros del Comité ejecutivo del COGE para el Cuatrienio 2025/2028.
En el caso de Jerónimo Ngoke, inadmitido por no aportar diplomas ni certificados de trabajo según lo preceptuado en el articulo 4°.6 de la Resolución N°2/2025. Por la que se Establece las Condiciones de Elegibilidad para los Miembros del Comité Ejecutivo del COGE para el Cuatrienio 2025-2028. Y en segundo lugar. Por no cumplir con cl requisito del articulo 3°, inciso a) punto 5 de la referida Resolución, al no ser miembro del Comité ejecutivo del COGE o miembro de la Junta Ejecutiva de una Federación reconocida por cl COGE durante al menos dos cuatrienios.