La G de Guinea
La regularización de los Consejos de Administración busca adaptar las entidades paraestatales a la Ley n.º 3/2022 y garantizar una administración más eficiente, transparente y ajustada al marco legal vigente.

La gestión de las empresas públicas entra en una nueva fase de reorganización institucional. El Vicepresidente de la República ha instruido al Primer Ministro proceder a la regularización de la composición de los Consejos de Administración de las empresas paraestatales, una medida orientada a garantizar que estas entidades funcionen conforme a las disposiciones establecidas en la Ley n.º 3/2022, Reguladora de las Empresas Públicas y Organismos Autónomos del Estado.
La decisión responde a la necesidad de adecuar la estructura de dirección de estas empresas al marco jurídico actual, especialmente en lo relativo a la composición de sus órganos de administración. La normativa establece que los miembros del Gobierno responsables de una cartera ministerial no pueden formar parte de los Consejos de Administración de las empresas vinculadas al ámbito de su gestión.
Con esta regularización, se pretende fortalecer la independencia y profesionalización de los órganos encargados de dirigir las empresas públicas, separando las funciones de supervisión política de las responsabilidades propias de la administración empresarial.
El proceso contempla la cobertura de las vacantes que puedan generarse mediante criterios basados en el mérito, la capacidad profesional y la experiencia. De esta manera, se busca incorporar a ecuatoguineanos con la preparación necesaria para contribuir al desarrollo y mejora del funcionamiento de las entidades con participación del Estado.
La nueva orientación apuesta por una gestión más técnica y eficiente, donde las decisiones empresariales sean tomadas por órganos con competencias definidas y con una visión encaminada a mejorar el rendimiento de las empresas públicas.
Asimismo, se ha recordado que ninguna empresa paraestatal podrá adoptar decisiones de especial relevancia sin la aprobación de su Consejo de Administración y, cuando corresponda, sin la supervisión y autorización del Gobierno a través de la comisión encargada del seguimiento de las empresas con participación estatal.
Esta medida forma parte de los esfuerzos institucionales para reforzar el control, la organización y la responsabilidad en la administración de los recursos públicos, garantizando que las empresas del Estado desarrollen sus actividades bajo principios de legalidad, eficacia y profesionalidad.
Fuente – página X del vicepresidente





